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año:2021
 
institución:MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRESTAMO
 
institución:CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNOLOGICAS (CONICIT)
 

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División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 12023 13 de agosto de 2021 DJ-1185 Licenciado Johnny Fallas Pérez, Auditor Interno CONSEJO NACIONAL PARA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA jfallas@conicit.go.cr Estimado señor: Asunto: Se rechaza consulta por incumplirse el requerimiento previo. Se refiere este Despacho a su oficio número AI-019-2021, mediante el cual solicita criterio respecto a la interpretación del artículo 39 de la “Ley 7169, Promoción Desarrollo Científico y Tecnológico y creación del MICYT”, planteando las siguientes interrogantes: A) ¿Debe llevarse una contabilidad separada de la contabilidad que lleva el Conicit exclusivamente para la cuenta de Caja Única creada por la institución para administrar los recursos correspondientes al Fondo de Incentivos? B) Si la respuesta a la consulta anterior es negativa, entonces… ¿de qué manera o forma la institución puede regularizar o ampliar la semántica de lo señalado por el artículo 39 de la Ley 7169 específicamente la expresión “(…) con una contabilidad separada (…)”, ya sea que los recursos se administren por medio de una cuenta especial en un banco del Estado o bien en la Tesorería Nacional y así evitar errores de interpretación al aplicar este artículo? Dentro de la presente gestión, se realizó una prevención a la administración, mediante el oficio 11341-2021 (DJ-1100) del 4 de agosto del 2021, que le fue debidamente notificado al correo jfallas@conicit.go.cr, con el fin de que se cumpliera con la posición de la auditoría interna. Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica mailto:jfallas@conicit.go.cr mailto:jfallas@conicit.go.cr http://www.cgr.go.cr/ División Jurídica 2 En ese sentido, siendo que ya pasaron los 5 días hábiles para el cumplimiento de la prevención que se le señala en el oficio número 11341-2021 (DJ-1100), para que cumpliera con l ...
Fecha publicación: 13/08/2021
Fecha emisión: 13/08/2021
Institución: CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNOLOGICAS (CONICIT)
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Incumplimiento de prevención


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 11341 4 de agosto del 2021 DJ-1100 Licenciado Johnny Fallas Pérez, Auditor Interno CONSEJO NACIONAL PARA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA jfallas@conicit.go.cr Estimado señor: Asunto: Se previene cumplimiento de requisitos para presentación de consultas ante la CGR. Posición del auditor interno. Se refiere este Despacho a su oficio número AI-019-2021, mediante el cual solicita criterio respecto a la interpretación del artículo 39 de la “Ley 7169, Promoción Desarrollo Científico y Tecnológico y creación del MICYT”, planteando las siguientes interrogantes: A) ¿Debe llevarse una contabilidad separada de la contabilidad que lleva el Conicit exclusivamente para la cuenta de Caja Única creada por la institución para administrar los recursos correspondientes al Fondo de Incentivos? B) Si la respuesta a la consulta anterior es negativa, entonces… ¿de qué manera o forma la institución puede regularizar o ampliar la semántica de lo señalado por el artículo 39 de la Ley 7169 específicamente la expresión “(…) con una contabilidad separada (…)”, ya sea que los recursos se administren por medio de una cuenta especial en un banco del Estado o bien en la Tesorería Nacional y así evitar errores de interpretación al aplicar este artículo? De conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, número 7428, del 07 de setiembre de 1994, el órgano contralor ejerce la potestad consultiva en el ámbito de sus competencias, de manera que atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. En este sentido, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las ocho horas del trece de diciembre del 2011, publicado en la Gaceta No. 244 del 20 d ...
Fecha publicación: 04/08/2021
Fecha emisión: 03/08/2021
Institución: CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNOLOGICAS (CONICIT)
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades Al contestar refiérase al oficio Nº 008582 11 de junio, 2021 DFOE-CAP-0252 Doctora Giselle Tamayo Castillo Presidenta del Consejo Director CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TECNOLÓGICAS gtamayo@conicit.go.cr Estimada señora Asunto: Remisión del informe N° DFOE-CAP-SGP-00001-2021, Seguimiento de la Gestión Pública: Aplicación de controles en las instituciones públicas que contribuyen en el abordaje de la emergencia sanitaria. De conformidad con las competencias asignadas en los artículos 183 y 184 de la Constitución Política y los artículos 12 y 21 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, N° 7428; me permito hacer de su estimable conocimiento el Informe N° N° DFOE-CAP-SGP-00001-2021, Seguimiento de la Gestión Pública Aplicación de controles en las instituciones públicas que contribuyen en el abordaje de la emergencia sanitaria, preparado por el Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa. En el citado informe, se consignan los resultados de citado seguimiento de la gestión, el cual tuvo como objetivo revisar la aplicación de controles en las instituciones públicas para el fortalecimiento e implementación de mecanismos de contribución, coordinación, comunicación, consolidación de información, seguimiento y monitoreo, que contribuyan con el abordaje de la emergencia sanitaria; así como, el apoyo a la estructura organizacional definida para la atención de la emergencia sanitaria. Asimismo, en dicho informe se recomienda a las instituciones, considerar los resultados obtenidos como insumo para revisar y rediseñar, de ser necesario, sus controles para la generación y transmisión de información oportuna y relevante para el abordaje de la emergencia sanitaria, tanto a lo interno de la institución como hacia los tomadores de decisiones, con el objetivo de que ...
Fecha publicación: 16/06/2021
Fecha emisión: 11/06/2021
Institución: CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNOLOGICAS (CONICIT)
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: SEGUIMIENTO DE LA GESTION INSTITUCIONAL EXTERNA
Notas de remisión: 8617-2021  |  8623-2021  |  8676-2021  |  8681-2021  |  8684-2021  |  8563-2021  |  8568-2021  |  8574-2021  |  8575-2021  |  8585-2021  |  8643-2021  |  8674-2021  |  8583-2021  |  8593-2021  |  8606-2021  |  8667-2021  |  8680-2021  |  8683-2021  |  8560-2021  |  8564-2021  |  8577-2021  |  8608-2021  |  8614-2021  |  8578-2021  |  8586-2021  |  8580-2021  |  8596-2021  |  8602-2021  |  8649-2021  |  8664-2021  |  8559-2021  |  8607-2021  |  8624-2021  |  8636-2021  |  8557-2021  |  8567-2021  |  8590-2021  |  8569-2021  |  8572-2021  |  8592-2021  |  8632-2021  |  8625-2021  |  8581-2021  |  8600-2021  |  8611-2021  |  8609-2021  |  8635-2021  |  8651-2021  |  8618-2021  |  8610-2021  |  8620-2021  |  8631-2021  |  8653-2021  |  8630-2021  |  8640-2021  |  8641-2021  |  8642-2021  |  8679-2021  |  8555-2021  |  8621-2021  |  8626-2021  |  8637-2021  |  8587-2021  |  8589-2021  |  8603-2021  |  8613-2021  |  8562-2021  |  8672-2021  |  8552-2021  |  8612-2021  |  8668-2021  |  8591-2021  |  8633-2021  |  8647-2021  |  8654-2021  |  8661-2021  |  8571-2021  |  8573-2021  |  8576-2021  |  8595-2021  |  8597-2021  |  8598-2021  |  8570-2021  |  8579-2021  |  8584-2021  |  8588-2021  |  8601-2021  |  8648-2021  |  8650-2021  |  8662-2021  |  8663-2021  |  8665-2021  |  8594-2021  |  8604-2021  |  8627-2021  |  8561-2021  |  8565-2021


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades Al contestar refiérase al ofício Nº 07849 31 de mayo, 2021 DFOE-CAP-0172 Ingeniera Ileana Hidalgo López Secretaria Ejecutiva a.i CONSEJO NACIONAL PARA INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TECNOLÓGICAS ihidalgo@conicit.go.cr ysolano@conicit.go.cr Estimada señora: Asunto: Aprobación del presupuesto extraordinario N°1-2021 del Consejo Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas La Contraloría General recibió el oficio N° SE-160-2021, mediante el cual se remite el presupuesto extraordinario N° 1-2021 del Consejo Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas (CONICIT), que tiene el propósito de incorporar al presupuesto vigente un aumento en los ingresos por financiamiento por ?230,2 millones1, una disminución neta de ingresos corrientes por ?221,1 millones2, así como un aumento de gastos en la partida de bienes duraderos por ?10,0 millones, transferencias corrientes por ?5,5 millones y una disminución en la partida de remuneraciones por ?6,4 millones. 1. CONSIDERACIONES GENERALES 1.1. FUNDAMENTO NORMATIVO DE LA GESTIÓN El acto de aprobación presupuestaria se efectúa en base con las atribuciones conferidas a la Contraloría General de la República en los artículos 184 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, 18 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, N° 7428 y otras leyes conexas. La aprobación interna efectuada por el Consejo Director del CONICIT como requisito de validez del documento aportado, consta en el acta de la sesión N° 17 celebrada el 4 de mayo de 2021. Esto de conformidad con lo regulado en la norma 4.2.3 de las NTPP. 1.2. ALCANCE DEL ACTO DE APROBACIÓN EXTERNA La aprobación se fundamenta en la documentación proporcionada y en las certificaciones remitidas por el CONICIT de acuerdo con lo establecido en la norma 4.2.14 de 2 Aumento Fideicomiso 25-02 Consejo Nacional de Investigaciones Ci ...
Fecha publicación: 03/06/2021
Fecha emisión: 31/05/2021
Institución: CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNOLOGICAS (CONICIT)
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO


Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica R-DCA-00340-2021 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve horas con cuarenta y dos minutos del veintidós de marzo del dos mil veintiuno.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por PIE PROMOTORES INMOBILIARIOS ESPECIALIZADOS S.A., en contra del acto de adjudicación de la LICITACIÓN PÚBLICA No. Mucap-DIP-001-2020, promovida por la MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO (MUCAP), para contratación de una empresa constructora (persona jurídica) para el desarrollo de obras de infraestructura del proyecto denominado “Parque Esparcimiento La Cima” con recursos del Fondo de Subsidios para la Vivienda (FOSUVI) - Bono Colectivo, recaído a favor de CONSORCIO PROYEKTA – LEIVA por un monto de ?288.135.616,00.--------------------------------- RESULTANDO I. Que el doce de enero de dos mil veintiuno la empresa Pie Promotores Inmobiliarios Especializados S.A. presentó ante la Contraloría General de la República recurso de apelación en contra del acto de adjudicación de la licitación pública No. Mucap-DIP-001-2020, promovida por la Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo.-------------------------------------------------------------------- II. Que mediante auto de las trece horas treinta y siete minutos del catorce de enero de dos mil veintiuno, esta División requirió a la MUCAP la remisión del expediente del concurso. Dicha prevención fue atendida mediante oficio No. DIP-0019-2021 del quince de enero de dos mil veintiuno.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- III. Que mediante auto de las diez horas con once minutos del vei ...
Fecha publicación: 25/03/2021
Fecha emisión: 16/03/2021
Institución: MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRESTAMO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica R-DCA-00305-2021 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las catorce horas treinta y seis minutos del doce de marzo del dos mil veintiuno.---- RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la empresa MOLINA ARCE CONSTRUCCIÓN Y CONSULTORÍA S.A., en contra del acto de adjudicación de la LICITACIÓN PÚBLICA No. MUCAP-DIP-002-2020, promovida por la MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO (MUCAP), para la “Contratación de una empresa constructora (persona jurídica) para el desarrollo de obras de infraestructura del proyecto denominado “Paseo Ecocultural San Isidro” con recursos del Fondo de Subsidios para la Vivienda (FOSUVI) - Bono Colectivo”, acto recaído a favor del CONSORCIO PROYEKTA–LEIVA, por un monto de ¢256.293.201,93 (doscientos cincuenta y seis millones doscientos noventa y tres mil doscientos un colón con noventa y tres céntimos).---------------------------------------------------------------------------------------------- RESULTANDO I. Que en fecha trece de enero del dos mil veintiuno, la empresa Molina Arce Construcción y Consultoría Sociedad Anónima, presentó ante la Contraloría General de la República, recurso de apelación en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública No. MUCAP-DIP-002- 2020, promovida por la Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo (MUCAP).------------------------------- II. Que mediante auto de las nueve horas con cincuenta y seis minutos del quince de enero del dos mil veintiuno, esta División le solicitó a la Administración licitante remitir el expediente administrativo del concurso. Requerimiento que fue atendido según escrito agregado al expediente digital de apelación.------------------------------------------------------------------------------------- III. Que ...
Fecha publicación: 17/03/2021
Fecha emisión: 10/03/2021
Institución: MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRESTAMO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica R-DCA-00216-2021 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve horas cuatro minutos del diecinueve de febrero del dos mil veintiuno.----- RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la empresa MOLINA ARCE CONSTRUCCIÓN y CONSULTORÍA SOCIEDAD ANONIMA en contra del acto de adjudicación de la CONTRATACIÓN DIRECTA No. MUCAP-DIP-CD-002-2020 promovida por la MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO para la “Contratación de una empresa constructora (persona jurídica) para la ejecución de obras de mejoramiento de la infraestructura urbanística del proyecto denominado parque recreativo Jorge Debravo, con recursos del fondo de subsidios para la vivienda (FOSUVI) – bono colectivo que oferte el mejor precio y calidad sobre el presupuesto asignado”, acto recaído a favor de la empresa Proyekta – Leiva por un monto de ?575.453.697,75.------------------------------------------------------------------------------------------------------- RESULTANDO I. Que el día once de diciembre del dos mil veintiuno, la empresa Molina Arce Construcción y Consultoría Sociedad Anónima, presentó ante la Contraloría General de la República, recurso de apelación en contra del acto de adjudicación de la contratación directa No. MUCAP-DIP-CD- 002-2020 promovida por la Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo.-------------------------------------- II. Que mediante auto de las ocho horas treinta minutos del ocho de enero del dos mil veintiuno, esta División otorgó audiencia inicial a la Administración licitante y al Adjudicatario, con el fin de que manifestaran por escrito lo que a bien tuvieran con respecto a los alegatos formulados por la apelante, y ofrecieran las pruebas que consideraran oportunas. Dicha audiencia fue atendida mediante escr ...
Fecha publicación: 24/02/2021
Fecha emisión: 17/02/2021
Institución: MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRESTAMO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
Tesauro: Resolución del recurso de apelación


AUDIENCIA ESPECIAL CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las quince horas con seis minutos del diecinueve de febrero del dos mil veintiuno.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la empresa MOLINA ARCE CONSTRUCCIÓN Y CONSULTORÍA S.A., en contra del acto de adjudicación de la LICITACIÓN PÚBLICA No. MUCAP-DIP-002-2020, promovida por la MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO (MUCAP), para la “Contratación de una empresa constructora (persona jurídica) para el desarrollo de obras de infraestructura del proyecto denominado “Paseo Ecocultural San Isidro” con recursos del Fondo de Subsidios para la Vivienda (FOSUVI) - Bono Colectivo”, acto recaído a favor del CONSORCIO PROYEKTA–LEIVA, por un monto de ¢256.293.201,93 (doscientos cincuenta y seis millones doscientos noventa y tres mil doscientos un colón con noventa y tres céntimos).---------------------------------------------------------------------------------------------- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se confiere AUDIENCIA ESPECIAL a la empresa recurrente MOLINA ARCE CONSTRUCCIÓN Y CONSULTORÍA S.A. por el improrrogable plazo de TRES DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente a la notificación del presente auto, para que se refiera puntualmente a los incumplimientos señalados en contra de su oferta, por el Consorcio adjudicatario al momento de responder la audiencia inicial otorgada. Para la contestación de la presente audiencia se le indica a la apelante que la respuesta de audiencia inicial del adjudicatario así como sus anexos (documentos identificados con el número de ingreso NI 3657-2021) , se encuentran disponibles a folios 40 al 41 del expediente digital de la ap ...
Fecha publicación: 19/02/2021
Fecha emisión: 19/02/2021
Documento: 02594-2021.pdf
Institución: MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRESTAMO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUDIENCIA ESCRITA
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


AUDIENCIA INICIAL CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA. San José, a las diez horas con veintinueve minutos del veintinueve de enero del dos mil veintiuno.------------------------------------------------------------------------------- RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la empresa MOLINA ARCE CONSTRUCCIÓN Y CONSULTORÍA S.A., en contra del acto de adjudicación de la LICITACIÓN PÚBLICA No. MUCAP-DIP-002-2020, promovida por la MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO (MUCAP), para la “Contratación de una empresa constructora (persona jurídica) para el desarrollo de obras de infraestructura del proyecto denominado “Paseo Ecocultural San Isidro” con recursos del Fondo de Subsidios para la Vivienda (FOSUVI) - Bono Colectivo”, acto recaído a favor del CONSORCIO PROYEKTA–LEIVA, por un monto de ¢256.293.201,93 (doscientos cincuenta y seis millones doscientos noventa y tres mil doscientos un colón con noventa y tres céntimos).---------------------------------------------------------------------------------------------------- De conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley de Contratación Administrativa, el numeral 190 del Reglamento a dicha Ley y por acuerdo del órgano colegiado se admite para su trámite el recurso interpuesto y se confiere AUDIENCIA INICIAL por el improrrogable plazo de CINCO DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente a la notificación del presente auto, a la ADMINISTRACIÓN LICITANTE y al CONSORCIO PROYEKTA–LEIVA, (adjudicatario), para que manifiesten por escrito lo que a bien tengan, con respecto a los alegatos formulados por el recurrente en el escrito de interposición del recurso y del mismo modo para que aporten u ofrezca las pruebas que estimen oportunas. Se le indica a las partes citadas, que con la respuesta a la audiencia inicial deberán señalar medio para recibir ...
Fecha publicación: 29/01/2021
Fecha emisión: 28/01/2021
Documento: 01464-2021.pdf
Institución: MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRESTAMO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUDIENCIA ESCRITA
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica AUDIENCIA INICIAL CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las diez horas con once minutos del veinticinco de enero de dos mil veintiuno.-------- RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por PIE PROMOTORES INMOBILIARIOS ESPECIALIZADOS S.A., en contra del acto de adjudicación de la LICITACIÓN PÚBLICA No. Mucap-DIP-001-2020, promovida por la MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO, para contratación de una empresa constructora (persona jurídica) para el desarrollo de obras de infraestructura del proyecto denominado “Parque Esparcimiento La Cima” con recursos del Fondo de Subsidios para la Vivienda (FOSUVI) - Bono Colectivo, acto recaído a favor de CONSORCIO PROYEKTA – LEIVA por un monto de ?288.135.616,00.-------------------------------- De conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley de Contratación Administrativa, el numeral 190 del Reglamento a dicha ley, y por acuerdo del órgano colegiado, se admite para su trámite el recurso de apelación interpuesto, y se confiere AUDIENCIA INICIAL por el plazo improrrogable de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente a la notificación del presente auto, a la ADMINISTRACIÓN LICITANTE y al ADJUDICATARIO para que manifiesten por escrito lo que a bien tengan con respecto a los alegatos formulados por la empresa apelante en su escrito de interposición del recurso, y del mismo modo para que aporten u ofrezcan las pruebas que estimen oportunas y señalen medio para recibir notificaciones. Dicho plazo se confiere, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 190 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, en el sentido de que: “[…] cuando se trate de licitaciones públicas, se conferirá a la Administración y a la parte adjudicada, un ...
Fecha publicación: 25/01/2021
Fecha emisión: 25/01/2021
Documento: 01078-2021.pdf
Institución: MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRESTAMO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUDIENCIA ESCRITA
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION